Florence Nightingale

miércoles, 18 de julio de 2018


SECTOR ENFERMERÍA CELEBRA LEY QUE CREA CODOPENF

Por: Licda. Elsa Bello
Santo Domingo, R.D.-Con gran júbilo la enfermería dominicana recibió este martes la aprobación de la ley que crea el Colegio Dominicano de Profesionales de Enfermería (CODOPENF), el cual pasará a regular el servicio que estos profesionales de la salud dan a los pacientes  y que por más de 20 años se mantuvo en el Congreso de la República.

La licenciada Antonia Rodríguez quien preside dicho gremio dijo que ¨CODOPENF  viene a fortalecer el sistema de salud dominicano, ya que garantizará un alto nivel de calidad de los cuidados que recibe la población tanto sana como enferma, y sobre todo trabajaremos sobre la aplicación del nuevo marco jurídico¨.
Expreso además que el Colegio es un ente de vigilancia, para que se cumplan las regulaciones que emite el órgano que traza la pauta al sector salud, como lo establece la Ley General de Salud 42-01.
¨Los profesionales de enfermería pertenecen al área de la salud y poseen habilidades intelectuales, destrezas y valores que los capacitan para investigar, planear, gestionar, ejecutar y evaluar las acciones de salud, por lo que están preparados para enfrentar las demandas de los servicios de salud y de la comunidad, con una visión crítica en el contexto epidemiológico, social, administrativo, gerencial y docente¨ dijo Rodríguez.


La profesional de la enfermería agradeció  y saludo a los Honorables Diputados y Senadores de la República, quienes ponderaron y valoraron dicho proyecto hasta convertirlo en Ley.
Para mayor entendimiento de la población y los agremiados de CODOPENF, Antonia Rodríguez resumió en varios puntos la importancia y beneficios de dicho colegio para el sector enfermería, mediante una rueda de prensa organizada en el local de la antigua Asociación Dominicana de Enfermeras Graduadas (ADEG).
Ø  Regulación del ejercicio profesional:
1)           Asesorar al Poder Ejecutivo en todo lo concerniente al ejercicio de enfermería en el país;
2)           Velar para que las designaciones y funciones de los/las profesionales de enfermería en instituciones públicas y privadas, autónomas y semi autónomas, cumplan con los requisitos requeridos para los cargos y se garanticen sus intereses generales y sus derechos;
3)           Velar por óptimas condiciones de trabajo, según normas del Colegio y de las instituciones empleadoras


4)           Fomentar la solidaridad y la armonía entre los colegiados;
5)       Asegurar la participación de los profesionales de enfermería en todos los niveles donde se establecen políticas de salud, se planifican y diseñan los programas y proyectos de salud
6)             Participar en las discusiones sobre la planeación y ejecución de acciones para el desarrollo de la atención a los usuarios y a la población general

7)     Intervenir para que las instituciones empleadoras de profesionales de enfermería contraten y remuneren a los colegiados según lo establecen las leyes General de Salud, de Función Pública, de Seguridad Social, y la Comisión Nacional de Honorarios Profesionales;
8)     Propugnar por la jubilación y pensión de los profesionales de enfermería de acuerdo al tiempo reglamentado en la ley que le permita tener una vida digna;
9)     Velar para que las pensiones de los jubilados se incrementen conjuntamente con los aumentos salariales que realice el estado.
Ø  Funciones en el ámbito científico:

1)     Impulsar la investigación en salud y en enfermería;
2)     Mantener intercambios científicos y tecnológicos con otros colegios, tanto nacionales como internacionales;
Ø  Funciones en el ámbito social:

1)     Colaborar con el Estado en el cumplimiento de sus funciones públicas a través de la participación en la formulación de políticas sociales para el país;
2)     Otorgar reconocimiento a profesionales de enfermería, instituciones y otras personas o entidades destacadas por sus aportes en el área.


Ø  Funciones en el ámbito educativo:
1)     Promover la educación permanente y continua, la formación de postgrado, doctorado, maestría, especialidad y diplomado;
2)     Apoyar y participar en el proceso de certificación y recertificación de los profesionales de enfermería, participar en la certificación y recertificación de los demás niveles de enfermería.
3)     El colegio propondrá planes educativos que permitan el desarrollo de la rama de las auxiliares de la enfermería para el ascenso gradual de ese personal a los nivele universitarios.


Ø  De la integración del Colegio:

Ø  La contratación del personal de enfermería para ocupar cargos gerenciales en las áreas de supervisión, de educación, de investigación y de evaluación será realizada por concurso de oposición, en base a los criterios de idoneidad para el desempeño eficiente del mismo, de acuerdo con la ley de Función Publico.

Ø  De los deberes y derechos de los colegiados:
1)     Derechos. Son derechos de las personas afiliadas al Colegio Dominicano de Profesionales de Enfermería (CODOPENF)
2)     Disfrutar de conquistas obtenidas por el CODOPENF
3)     Beneficiarse de la protección y de los beneficios que otorga el Colegio
4)     Recibir capacitación en el área de desempeño por parte del Centro donde labora, por CODOPENF o universidad, con el creditaje académico correspondiente, cuando sea necesario para su certificación y renovación de la licencia, según lo señale el reglamento de la presente ley
5)     Ser contratada por un salario justo
6)     Ser protegidas por un régimen de escalafón que determine la clasificación por categorías, especialidad y desempeño
7)     Gozar de permisos especiales y licencias cuando el caso lo requiera, según normas establecidas y conquistas obtenidas
8)     Ser promovidas a puestos de mayor jerarquía mediante evaluación de desempeño, eficiencia, mérito y nivel de formación y capacitación.



No hay comentarios:

Publicar un comentario